DEPÓSITO DE TRUJILLO EN BANRESERVAS: UNA DISPUTA DE 76 AÑOS TERMINA A FAVOR DEL DEL ESTADO.
El caso encierra una singular litis iniciada por los hijos de Lina Lovatón, amante del dictador.
Santo Domingo, RD .-
Un depósito realizado hace 76 años por Rafael Leónidas Trujillo en el Banco de Reservas está en el origen de una prolongada batalla judicial emprendida por dos de sus hijos, quienes pretendían recuperar unos fondos destinados a su madre, Lina Altagracia Lovatón Pittaluga, amante del dictador.
La historia se remonta a 1950, cuando desde la oficina particular de Trujillo se depositaron 2.3 millones de dólares en Banreservas. De acuerdo con documentos incorporados posteriormente a los procesos judiciales, la operación quedó registrada mediante la constancia número 2117 y estuvo acompañada de la carta número 54, que disponía que los recursos fueran entregados a Lovatón en caso de fallecimiento de Trujillo.
Décadas después, Rafael José Ramón Trujillo Lovatón y Yolanda Altagracia Trujillo Lovatón reclamaron los fondos en calidad de herederos de su madre.
El litigio adquirió notoriedad pública en 2013, cuando los reclamantes calcularon que los 2.3 millones dólares originales, sumados los intereses acumulados durante más de seis décadas, representaban aproximadamente 103 millones dólares, equivalentes entonces a más de 4,400 millones de pesos.
La controversia, sin embargo, terminó trascendiendo la relación contractual entre el depositante y Banreservas.
La justicia dominicana consideró que los recursos quedaron alcanzados por la Ley 5785-62, promulgada después de la caída de la dictadura para confiscar los bienes de Trujillo, sus familiares y allegados.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, mediante la sentencia SCJ-PS-25-0816, del 30 de abril de 2025, estableció que, aunque Lina Lovatón no estuviera expresamente mencionada en la legislación confiscatoria, su relación sentimental con Trujillo, con quien procreó dos hijos, y el hecho de que el dictador hubiese colocado fondos en su beneficio justificaban que estos fueran considerados dentro del patrimonio sujeto a confiscación.
US$2.3MM
Fue el depósito dispuesto por Trujillo para beneficiar a una mujer en 1950.
Del erario
La Suprema fue más lejos al establecer que los fondos provenían del erario y tenían un origen ilícito, por lo que debían ser restituidos al Estado dominicano como parte de la recuperación del patrimonio obtenido abusivamente durante el régimen trujillista.
Los Trujillo Lovatón defendieron la validez del contrato. Argumentaron que la estipulación realizada por su padre en favor de Lina Lovatón era jurídicamente válida y que la obligación de Banreservas había quedado perfeccionada por el consentimiento entre Trujillo, como depositante, y el banco.
Tras perder ante la Suprema, los hermanos acudieron al Tribunal Constitucional. El expediente TC-04-2025-1112 fue registrado contra la sentencia del 30 de abril de 2025 y señala a Banreservas entre las partes recurridas.
Pero tampoco prosperaron allí.
La decisión deja en pie el criterio de que los fondos pertenecen al Estado.
El caso encierra así una singular disputa que atravesó generaciones. Un depósito de 2.3 millones de dólares dispuesto por Trujillo en 1950 para beneficiar a la mujer con quien tuvo dos hijos terminó convertido, más de siete décadas después, en una reclamación superior a 4,000 millones de pesos.
La justicia resolvió, sin embargo, que la existencia de una estipulación bancaria privada no podía desligar esos recursos de su origen: el patrimonio acumulado por Trujillo durante una dictadura que confundió durante tres décadas los bienes del Estado con los suyos.
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